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Divorcio en Colombia
Tipos de Divorcio.
En Colombia hay dos tipos de divorcio, el que se da por mutuo acuerdo y el que se da sin acuerdo.
Divorcio mutuo acuerdo
En este caso, resulta ser un proceso fácil, en donde se solicita ante un juez la solicitud. De este tipo existen dos variantes. La primera es cuando no hay bienes ni hijos por los que se entre en una disputa. No es necesario que los dos cónyuges estén presentes en el trámite; esto lo puede hacer un abogado con un poder firmado.
Y la segunda variante es cuando existen hijos y bienes por los que se tenga disputa. Entre ambos llegan a un común acuerdo de cuánto es la cuota alimentaria que debe pasar el padre que no se queda con la custodia y cuál es el porcentaje que le corresponde a cada uno sobre los bienes adquiridos en el matrimonio.
A continuación le enumeramos la documentación necesaria para iniciar este trámite en Colombia:
- RUn poder mediante el cual el o los cónyuges facultan al abogado para adelantar el trámite de divorcio ante el Notario.
- RRegistro civil de nacimiento de los cónyuges.
- RRegistro civil de nacimiento de los hijos (si los hay).
- RFotocopias de la cédula de ciudadanía de los cónyuges.
- RCertificados de tradición y libertad de los bienes
Si hubiese hijos menores de edad, los cónyuges deberán acordar el régimen de visitas, la custodia del menor y su alimentación.
Adicionalmente, para disolver la sociedad conyugal será necesario realizar el trámite concerniente al mismo, en el cual se deberá elaborar un inventario y cuantificación de todos los bienes, teniendo en cuenta que si uno de los cónyuges oculta de manera dolosa algún bien de esta sociedad conyugal, perderá su parte respecto al bien ocultado y deberá reponerla al doble.
Por tal razón, si está pensando en tramitar un divorcio exprés, asesórese con abogados especialistas en derecho de familia para alcanzar un acuerdo favorable para ambos cónyuges.
Divorcio contencioso.
El divorcio contencioso o sin mutuo acuerdo es, como su nombre lo indica, aquel tipo de divorcio que empieza a tramitarse sin el consentimiento de uno de los cónyuges no accede a llevarlo a cabo.
Este tipo de divorcio sólo es posible llevarse a cabo ante un juez de familia, debiendo presentarse la demanda pertinente además de probar la justa causa para que la autoridad judicial lo apruebe.
Es necesario tener en cuenta que este proceso no es corto, como lo suele ser el divorcio con mutuo acuerdo, sino que se da bajo las condiciones y reglamentos de los juzgados colombianos.
Por otra parte, se recomienda contar con más de dos testigos que den parte de los hechos sobre los cuales se basa la demanda de divorcio. Asimismo, cabe señalar que la causa más común para tramitar este tipo de divorcio es la separación de cuerpos.
La persona interesada en establecer una demanda de divorcio, deberá asesorarse directamente con un abogado especializado en derecho de familia, con el fin de que obtenga la representación necesaria en este tipo de trámite, ya que esto es obligatorio por la ley.
Dentro de la documentación que debe anexarse, son necesarios: los registros civiles de matrimonio, los registros de nacimiento de los hijos (si los hubiera), además de los certificados de propiedad de bienes propios de la sociedad conyugal.
Causales de Divorcio
El conyuge inocente puede alegar ante un juez que se quiere divorciar de su pareja porque ella ha incumplido alguna o algunas de las causas legales que contempla la ley para darle la razón. Entre ellas están:
- Las relaciones sexuales extra-matrimoniales de uno de los cónyuges.
- El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone como esposos y padres.
- Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra.
- La embriaguez habitual de uno de los cónyuges.
- El uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica.
- Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o psíquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud moral o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial.
- Toda conducta de uno de los cónyuges tendiente a corromper o pervertir al otro, o a un descendiente o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo.
- La separación de cuerpos, judicial o de hecho, que haya perdurado por más de dos años.
- El consentimiento de ambos cónyuges, manifestado ante Juez competente y reconocido por éste mediante sentencia.
- Los celos como causal de divorcio.
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